sábado, 3 de septiembre de 2011

Los disparos contra la niña Reggiardo: ¿un caso de represalia?

El delincuente moderno, se siente tan seguro de que las normas lo deben proteger, incluso más que a sus víctimas, que arremete contra aquellas, sin miramiento alguno, pretendiendo todavía, darles lecciones y condicionarlos, respecto la “forma” como deben reaccionar cuando son asaltados; siendo el mensaje: “déjate asaltar o sufrirás consecuencias graves en ti o en tu familia”.

Esto también se desprendería (al margen de la tesis del atentado), a primera vista, del hecho sufrido por la familia del congresista Reggiardo, en que salió herida su pequeña hija de nueve años, siendo la razón de ello, que los policías del  resguardo, conforme a su obligación, actuaron en defensa de la familia. Entonces, los delincuentes, dieron rienda suelta a su frustración, disparando contra los agraviados, incluso niños.

Es verdad que la mayoría de las personas, en momentos de calma y reflexión, pensamos que si pasáramos por una experiencia similar, de asalto a mano armada, sobre todo, lo mejor sería no resistirnos y entregar lo que se nos pidiera, para preservar nuestra salud y nuestra vida, como bienes más importantes. Tal juicio, por lo demás, se revela absolutamente razonable y lógico.

Sin embargo, lo que viene ocurriendo, es que se está permitiendo que el árbitro de tal juicio y verdugo, además, sea el propio delincuente, pues termina castigando, inclusive con la pérdida de la vida, a quienes pretenden ejercer su defensa. En tal sentido ocurren, desde hace mucho tiempo, graves represalias, inclusive si se trata de una persona pobre, sólo por el hecho de: “no haber cargado algo, como para entregar al delincuente que lo asaltara”.

Así, es que se han multiplicado las conductas de represalia de los delincuentes, quienes desfiguran rostros con navajas, clavan cuchillos en las piernas o apedrean a quienes cometieron el error “grave” de no tener algo de dinero, como para no: “hacerles perder el tiempo”. Y en el caso de que se resistan a ser asaltados, suelen disparar a matar, como ha sucedido muchas veces, y sucedió en el caso de la familia Reggiardo.

Lamentablemente, hasta ahora, no se ha considerado que tal conducta, debería constituir un agravante, en el caso de delitos contra la propiedad, cuando se trate de sancionar la conducta del delincuente, sea en los delitos frustrados; pero, con represalias ante la resistencia que lo frustró o en los consumados, con exceso de violencia, tal como si se diferencia y castiga, en los casos que constituyen homicidios agravados.

Ante tal renuncia de la sociedad a sancionar esas conductas delictivas, manifiestamente lesivas al derecho de las víctimas, el delincuente obvio es que se siente poderoso y se encuentra impulsado a castigar a quienes ejercen su legítimo derecho a defenderse de la agresión injusta; y, lamentablemente, las personas que así reaccionan, carecen del respaldo en la ley, pues esta no sanciona al delincuente que, en respuesta a la reacción, en vez de huir (como antes hacían) se excede o ejerce represalias.

A nuestro entender, ya es hora de cambiar las cosas y que tales manifestaciones de excesiva o mayor violencia, por parte de los delincuentes, al momento en que se frustra el delito, sean debidamente sancionadas, sea como agravante o como un delito aparte.

Doctor Pedro Miguel Angulo Arana, abogado, profesor universitario, Ex Fiscal Superior de Lima.

1 comentario:

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